Certificado de contacto con alimentos.
el producto puede utilizarse en los países de la Comunidad Europea para materiales u objetos en contacto con alimentos de acuerdo con el artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1935/2004 (Reglamento (CE) nº 1935/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de 2004, sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos y por el que se derogan las Directivas 80/590/CEE y 89/109/CEE).
Confirmamos que el producto se fabrica de acuerdo con los requisitos del Reglamento (CE) nº 2023/2006 de la Comisión, de 22 de diciembre de 2006, sobre buenas prácticas de fabricación de materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
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